PRM: aprueba Resolución y Convoca la Convención 9 de Agosto

Por: Redacción

Documento Integro


PARTIDO REVOLUCIONARIO MODERNO (PRM) Democracia . Desarrollo .Igualdad

RESOLUCIONES A SER PRESENTADAS EN LA XXIII CONVENCION NACIONAL EXTRAORDINARIA DE FECHA 5 DE JULIO DE 2026.

Una vez conocido el informe elaborado por la Comisión de reforma estatutaria, el cual fue aprobado por la Dirección Ejecutiva en fecha 3 de julio del 2026, conforme lo dispone nuestros estatutos procedemos a someter a votación las disposiciones contentivas en el referido informe:

Primera Resolución

Modificar el Párrafo I del artículo 27 de los estatutos del partido para agregar a la matrícula de la Dirección Ejecutiva cinco (5) miembros, y llevar su composición a sesenta y cinco (65). En lo adelante se leerá de la siguiente manera: “ Está integrada por un máximo de sesenta y cinco (65) miembros, entre los cuales se encuentran el Presidente, los Vicepresidentes, el Secretario General y los Subsecretarios Generales nacionales”.Aprobado

Segunda Resolución

Modificar el literal b del artículo 28 de los estatutos para eliminar la figura del coordinador ejecutivo de la presidencia, y que en lo adelante se lea: “Designar de entre sus miembros un coordinador ejecutivo de la Secretaría General a propuesta de éste para que le asista en sus tareas”. Aprobado

Tercera Resolución

Modificar el párrafo del artículo 33 de los estatutos para que disponga: “la escogencia de los Vicepresidentes se hará sobre la base de la proporcionalidad de los votos válidos obtenidos por los candidatos a la Presidencia. El orden de los Vicepresidentes será el establecido en la plancha del Presidente que sea electo”. Aprobado 2 de 3


Cuarta Resolución

Agregar un párrafo al artículo 34 de los estatutos que disponga lo siguiente: “El primer Vicepresidente asumirá la coordinación ejecutiva de la Presidencia. Ocupa la primera línea sucesoral ante la ausencia temporal o definitiva del Presidente”. Aprobado.

Quinta Resolución

Incorporar al capítulo XXI de los estatutos las siguientes disposiciones transitorias: Primera. Por excepción a lo dispuesto en los artículos 17, 92 y 152 de los presentes Estatutos, las autoridades partidarias que sean electas en la XXIV Convención Nacional Ordinaria, de acuerdo con la modalidad determinada por el Comité Nacional, permanecerán en sus funciones un período máximo de dos (2) años (2026-2028), contados a partir de la toma de posesión. Segunda. Las etapas, procesos, procedimientos, formas y períodos para la elección de los directivos partidarios, a los distintos niveles orgánicos, en los organismos nacionales, sectoriales y territoriales, en el país y en el exterior, para el período indicado en la disposición transitoria anterior, serán los que se establezcan en el Reglamento para la XXIV Convención Nacional Ordinaria, que dictará la Comisión Nacional de Elecciones Internas, actuando en cumplimiento de la independencia administrativa y funcional que le otorga la ley y según lo previsto en el artículo 51, literal h), de los Estatutos del partido. Tercera. La próxima Convención Nacional Ordinaria, a celebrarse con posterioridad a las elecciones nacionales de 2028, para elegir las autoridades partidarias del período 2028-2032, que ocuparán los cargos directivos consignados en los Estatutos aprobados por la próxima Convención Nacional Extraordinaria, serán electas mediante la modalidad de voto universal, directo y secreto de los militantes del partido, según las normas a ser establecidas en el Reglamento que será dictado por la Comisión Nacional de Elecciones Internas. Aprobado

Sexta Resolución

Se propone la apertura de un proceso de reforma profunda y modernización del partido, el cual iniciará de inmediato y propiciará un amplio proceso de reflexión, consulta, estudio y discusión, con la participación de los organismos partidarios, sus dirigentes y 3 de 3
militantes. El resultado final de este proceso se plasmará en una propuesta de reforma integral de los estatutos. Para dirigir estos trabajos se conformará una comisión especial a partir de la elección de las nuevas autoridades del partido a llevarse a cabo en la XXIV Convención Nacional Ordinaria. Esta comisión será conformada por mandato del Presidente y Secretario General del partido, y deberá incluir a los presidentes de la comisión de reforma estatutaria y de estrategia, y al menos cinco (5) miembros de la Dirección Ejecutiva que sea conformada a partir de la XXIV Convención Nacional Ordinaria. Esta comisión tendrá un plazo de (1) año a partir de su conformación para presentar su informe a la Dirección Ejecutiva del partido, la cual deberá iniciar el proceso para convocar una Convención Nacional Extraordinaria para el conocimiento y aprobación de esta reforma. Aprobado.

Septima Resolución

Se dispone el cambio de fecha para la celebración de la XXIV Convención Nacional Ordinaria para escoger los cargos nacionales de presidente, vicepresidentes, secretario general y sub secretarios generales, para que sea realizada el domingo 9 de Agosto.


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